La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República no encontró válidos los argumentos de la defensa de Carlos Esteban Sarmiento Zapana para revisar la sentencia que lo condenó a 30 años de cárcel por el delito de feminicidio agravado en agravio de su expareja, Juana Giulemy Gómez Villegas.
El abogado del procesado pretendía con el recurso de casación interpuesto, que se declare nula la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, se celebre un nuevo juzgamiento. La defensa argumentó que Sarmiento Zapana fue condenado con prueba insuficiente y omitieron valorar prueba de descargo, como pericias de parte y testimonios.
Tras haber analizado los argumentos de la defensa del acusado, el Tribunal Supremo resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica de Carlos Esteban Sarmiento Zapana, contra la sentencia que lo condenó como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de feminicidio agravado, durante el proceso a cargo del fiscal Julio César Tapia Cárdenas, de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Arequipa.
Según la investigación, el sentenciado retornó al Perú desde Italia el 29 de octubre del 2019. Estando en Arequipa, durante la mañana salió al centro de la ciudad y almorzó con la víctima. Posteriormente, en la vivienda en el distrito de Sachaca, le reclamó por un episodio de infidelidad como si la víctima fuera de su propiedad. El sujeto la estranguló, la asfixió, y la degolló con un cuchillo de cocina que lavó. La víctima contaba con medidas de protección dictadas en el 2018 por episodios de violencia. El caso en primera instancia estuvo a cargo del fiscal Carlos Arias Lovon de la Fiscalía Provincial Penal de Hunter, quien probó la responsabilidad penal del imputado.
El procesado deberá pagar S/ 100 000 por concepto de indemnización a favor del actor civil y se ratificó la pérdida de la patria potestad sobre su menor hijo.
