El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mejor贸 la cobertura del Fondo de Compensaci贸n del SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tr谩nsito) y del CAT (Certificado contra Accidentes de Tr谩nsito) a trav茅s de la modificaci贸n del Reglamento del Fondo de Compensaci贸n del SOAT y CAT.
El objetivo es elevar el nivel de protecci贸n creado para amparar a las v铆ctimas de siniestros causados por veh铆culos no identificados, cuyos conductores se han dado a la fuga, o a sus familiares.
Entre los principales cambios normativos se encuentra el reconocimiento de la cobertura por parte del Fondo SOAT y CAT, adicional a gastos de sepelio y gastos m茅dicos, una indemnizaci贸n por fallecimiento e indemnizaciones por invalidez permanente y por incapacidad temporal, seg煤n sea el grado de invalidez o incapacidad. As铆 lo se帽ala el Decreto Supremo N掳 017-2022-MTC publicado recientemente en el Diario El Peruano.
El reembolso llega hasta los S/ 23 000 (5 UIT) por persona, para cubrir los gastos de atenci贸n hospitalaria, quir煤rgica, farmac茅utica y otros que sean necesarios para el tratamiento y rehabilitaci贸n de la v铆ctima. Ello se realiza mediante reembolso al beneficiario o directamente al centro de salud que atendi贸 a la v铆ctima.
En el caso de gastos de sepelio, cuya cobertura es hasta S/ 4600 (1 UIT) por persona, se cubren los gastos de ata煤d, cremaci贸n, tumba, nicho o urna, capilla ardiente o carroza.
La modificaci贸n normativa incluye el reconocimiento de indemnizaciones por muerte por la suma de S/ 18 400 (4UIT); por invalidez permanente hasta S/18 400 (4 UIT) y por incapacidad temporal hasta S/ 4600 (1 UIT), seg煤n sea el grado de invalidez o incapacidad.
Adicionalmente, se incorporan medidas para promover el mayor alcance de este servicio que brinda el MTC, a trav茅s de un proceso de descentralizaci贸n de informaci贸n y canales de atenci贸n a la ciudadan铆a de modo que los beneficios lleguen a todas las regiones del pa铆s.
El MTC reembolsa, a trav茅s de ese fondo, para siniestros de tr谩nsito ocasionados por cualquier tipo de veh铆culo motorizado como autos, camionetas, camiones, motos y mototaxis que se hayan dado a la fuga.
El servicio a las v铆ctimas no exime la responsabilidad penal de aquellos conductores que abandonan a las v铆ctimas de siniestros de tr谩nsito. De acuerdo al Art铆culo 408 del C贸digo Penal, quien incurre en este delito ser谩 reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de cuatro a帽os, y la cancelaci贸n del brevete y la inhabilitaci贸n para obtenerlo.
Los beneficios que otorga el Fondo 煤nicamente pueden ser solicitados dentro del plazo de un a帽o, el mismo que se computar谩 a partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicaci贸n por escrito que los establecimientos de salud realicen a la v铆ctima o a sus familiares, seg煤n corresponda. El beneficio tambi茅n aplica para extranjeros.
