La Defensor铆a del Pueblo registr贸 que, en los dos 煤ltimos meses, ha aumentado el n煤mero de notas de alerta por desaparici贸n de mujeres en todo su ciclo de vida; espec铆ficamente, de julio a agosto, esta cifra se increment贸 en un 22 %. Ante ello, se resalta que se haya acogido la recomendaci贸n defensorial de publicar el Reglamento de la Comisi贸n Multisectorial Permanente para el Fortalecimiento del Sistema de B煤squeda de Personas Desaparecidas (CFORDES).
En el reporte 驴Qu茅 pas贸 con ellas?, se detalla que, en el mes de agosto, 492 notas de alertas por desaparici贸n fueron registradas por la Polic铆a Nacional del Per煤 (PNP): 314 ni帽as y adolescentes mujeres y 178 adultas. As铆, de enero a agosto, ya suman 3528 registros de notas de alerta por estos casos, siendo las ni帽as y adolescentes mujeres las m谩s afectadas (2383, un 68 %).
Esta situaci贸n de afectaci贸n tambi茅n se manifiesta en el n煤mero de denuncias registrado por la PNP, ya que, en agosto, se advirtieron 974 denuncias por desaparici贸n de mujeres en todo su ciclo de vida, de las cuales un 655 corresponden a ni帽as y adolescentes mujeres (un 67 %). En suma, durante el 2022, se han ingresado 7762 denuncias de este tipo, de cuales solo se registran 3687 (48 %) casos en que fueron ubicadas.
De otro lado, en agosto, se produjeron 9 feminicidios, casi el doble de lo ocurrido en el mes de julio (5); en 2 de estos casos, las v铆ctimas hab铆an sido reportadas previamente como desaparecidas. Adem谩s, se produjeron 2 muertes violentas (a煤n en investigaci贸n) y 6 tentativas de feminicidio (el doble de lo registrado en julio).
Ante esta problem谩tica, la Defensor铆a del Pueblo resalta la publicaci贸n del Reglamento de la CFORDES mediante la Resoluci贸n Ministerial n.潞 1263-2022-IN, que establece su organizaci贸n y la forma de adopci贸n de acuerdos para mejorar los elementos tecnol贸gicos del sistema y la coordinaci贸n interinstitucional. En ese marco, se aguarda el cumplimiento de las actividades del Plan de Trabajo publicado en el Portal de Personas Desaparecidas, a fin de efectuar el seguimiento correspondiente.
Asimismo, resulta clave publicar mensual y oportunamente las estad铆sticas sobre personas en situaci贸n de desaparici贸n y aquellas que han sido ubicadas en los primeros 15 d铆as del mes siguiente, a fin de que se pueda evidenciar la variaci贸n mensual de esta problem谩tica y sincerar las cifras frente a la ciudadan铆a.
En la informaci贸n a partir del Registro Nacional de Informaci贸n de Personas Desaparecidas (Reniped), se debe mencionar las principales causas de la desaparici贸n 鈥搒obre todo en el caso de ni帽as y adolescentes, que, al ser personas en situaci贸n de especial vulnerabilidad, podr铆an encontrarse en riesgo o desprotecci贸n familiar (lo que agrava el riesgo de afectar derechos como a la vida, integridad, salud f铆sica y mental, entre otros). Tambi茅n, se debe disgregar la estad铆stica de denuncias y personas ubicadas por sexo y edad.
Adicionalmente, se ha solicitado fortalecer el portal de personas desaparecidas, para que se puedan filtrar, de manera oportuna, las notas de alerta por regiones y por periodos de tiempo; llenar de forma adecuada las notas de alerta; identificar el contexto de la desaparici贸n; advertir si la persona desaparecida tiene alguna discapacidad; colocar siempre la fotograf铆a de la persona desaparecida proporcionada por la persona denunciante o la de Reniec; y tener especial cuidado para evitar la duplicidad de registros
Finalmente, se solicita seguir capacitando al personal policial sobre c贸mo registrar y descargar la informaci贸n en sus sistemas de forma adecuada. Adem谩s, se debe continuar con el fortalecimiento de capacidades para atender casos de trata de personas y personas desaparecidas, apelando al enfoque de g茅nero, derechos humanos (con 茅nfasis en ni帽ez y adolescencia) e interseccionalidad.
